CNP Caracas rechaza acciones coercitivas contra periodistas efectuadas por el Sebin - 800Noticias
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Comunicado CNP

La Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Distrito Capital, alerta al gremio periodístico y a la sociedad civil sobre las últimas acciones que contra el libre ejercicio profesional han sido efectuadas por los cuerpos policiales venezolanos.

El servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), ha utilizado mecanismos directos de coacción contra el sagrado deber de informar que tenemos los periodistas, desconociendo la vigencia de la Constitución Nacional Bolivariana de Venezuela, así como de la Ley de Ejercicio del Periodista.

El pasado jueves 23 de junio fue detenido el periodista Román Camacho, reportero del medio digital Lapatilla.com.

Más de siete horas estuvo incomunicado y sometido a un interrogatorio por la publicación efectuada sobre la situación actual de la Morgue de Bello Monte además de contenido informativo sobre el ciudadano abatido por los cuerpos de seguridad del estado cuando intentó asaltar el BCV.

El día de hoy 24 de junio, fue citada la periodista Yosselin Torres a las instalaciones del Sebin, para rendir declaración sobre los hechos relacionados con el caso BCV señalado anteriormente.

La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 143 señala que:” Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportunamente y verazmente por la Administración Pública…”

Los periodistas  somos responsables de buscar la información,  por lo que no puede existir ningún tipo de limitación en el desempeño de nuestro ejercicio profesional.

Asimismo el artículo 19 de nuestra carta magna establece que “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”

La detención del colega Camacho es evidentemente una violación a los derechos humanos establecidos por el ordenamiento jurídico venezolano.

En su artículo 28 la Constitución señala que: “Toda persona… podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley”.

El periodista está en la obligación de buscar la información, analizarla y contextualizarla; por lo tanto hace uso de fuentes para lograr con dicha función. No puede existir limitación al acceso a la información.

Es importante señalar que el Artículo 44 del mismo instrumento legal reza: “La libertad personal es inviolable; en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención… 2. Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada, o persona de su confianza; y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida…”

Por su parte La ley de Ejercicio del Periodista en su artículo 8  establece que “El secreto profesional es derecho y responsabilidad del periodista. Ningún periodista está obligado a revelar la fuente informativa de hechos de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de su profesión”

Por todo lo expuesto, exigimos a las autoridades del Sebin respeto al marco jurídico vigente; asimismo exhortamos al alto gobierno a impartir las órdenes necesarias para que no sean vulnerados los derechos de los periodistas venezolanos.

En Caracas a los veinticuatro  días  del mes de junio de dos mil dieciséis

Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Distrito Capital Caracas.

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