Asamblea Nacional: En Venezuela se registran 92 homicidios por cada 100 mil habitantes - 800Noticias
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Mildred Manrique

Este miércoles la Asamblea Nacional de Venezuela, con mayoría opositora y con la ausencia de la bancada de la patria, aprobó un acuerdo sobre las muertes violentas ocurridas en los primeros meses del año 2017. Asimismo, recalcaron que se contabilizan en 18 años de gobierno socialista más de 285 mil vidas perdidas a casa de la delincuencia desbordada.

El primero en tomar el derecho de palabra fue el diputado Juan Miguel Matheus quien primero solicitó 1 minuto de silencio por todas las personas asesinadas. Luego, aseguró que el Gobierno somete a familiares de las víctimas a doble injusticia; la falta de seguridad y la oscuridad informativa. «En 18 años han muerto más personas que los 220 mil en Colombia tras 50 años, y cualquier otro conflicto bélico. Hoy en Venezuela la vida no vale nada y Nicolás Maduro ha instalado una cultura de muerte.», acusó.

Asimismo, manifestó que bajo la presidencia de Nicolás Maduro (desde 2013 hasta lo que va de 2017) han ocurrido 103 mil muertes violentas en Venezuela. “Una cifra escandalosa, de cultura de muerte (…) En otras palabras 50 venezolanos pierden la vida diariamente, lo que implica dos venezolanos por hora”.

El parlamentario concluyó su intervención haciendo un llamado a la consciencia del Jefe de Estado, del aparato de Poder y de sus homólogos del chavismo, quienes volvieron a estar ausentes en la sesión de esta tarde. “Nos urge un cambio político que devuelva la democracia, para que sea posible rescatar el derecho a la vida y la elemental dignidad humana, la voluntad criolla y la consciencia cívica venezolana”, dijo Matheus.

Luego el diputado  Gilberto Sojo, señaló que para el Gobierno la OLP es una solución, «pero para los sectores populares, es una maldición que cobra vidas inocentes».

Para finalizar el debate se le permitió el derecho de palabra a la ciudadana Mary Yamilet Arraiz, quien aprovechó la oportunidad para relatar su testimonio sobre el asesinato de su esposo y su hijo de 19 años a manos de funcionarios de seguridad. «Dejé a mi esposo y a mi hijo rodeados por CICPC pero vivos. Los oficiales dispararon al aire repeliendo fuego. Me secuestraron en Curupao y los mataron y pretendían que firmara un documento diciendo que fue un enfrentamiento. El CICPC se cree con el derecho de juzgar y ejecutar. En el país no hay pena de muerte pero ellos la aplican. Ningún funcionario resultó herido, pero mi esposo y mi hijo tuvieron un impacto de bala en el corazón cada uno», dijo entre lamentos y llanto.

«Hago responsable de lo que nos pueda pasar a Nicolás Maduro y a los funcionarios del CICPC que ya nos han amenazado», dijo Arraiz.

Por último la diputada Delsa Solórzano lamentó que los cuerpos de seguridad del Estado «estén asesinando a venezolanos». “Es increíble que el propio Estado no solo no controla criminalidad, sino que también la produce y la provoca (…) El Defensor del Pueblo no responde por esta situación. El índice de impunidad es de 98,6%. Son delincuentes de uniforme”, expresó la diputada Delsa Solórzano tras escuchar el testimonio de Arraiz.

ACUERDO COMPLETO:

 

LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En defensa de la Constitución, la Democracia y los Derechos Humanos

ACUERDO EN SOLIDARIDAD CON LAS FAMILIAS

DE HOMICIDIO Y EN REIVINDICACIÓN DEL DERECHO

A LA VIDA

 

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es deber del Estado proteger a toda persona frente a situaciones que impliquen amenaza, vulnerabilidad o riesgos para su integridad física;

CONSIDERANDO

Que el derecho a la vida es un derecho humano fundamental, de carácter inviolable, que genera a cargo del Estado la obligación no solo de respetarlo sino también de garantizarlo, mediante políticas públicas, leyes, planes de seguridad y el funcionamiento de servicios de policía y de un sistema de justicia que proporcionen protección efectiva a ese derecho;

CONSIDERANDO

Que el desprecio a la vida supone ofender la dignidad del ser humano, y el Estado que ignora su deber de garantizar la seguridad pública y amparar la vida pierde legitimidad de ejercicio;

CONSIDERANDO

Que las autoridades públicas deben asumir como objetivo fundamental humanizar el país, superando su propia inacción o negligencia en la atención de la problemática de la inseguridad ciudadana y desarrollando programas que enaltezcan la dignidad de la persona y el respeto a la vida y eviten la impunidad;

CONSIDERANDO

Que los índices delictivos en el país, a partir de estudios y estadísticas elaborados por reputadas organizaciones no gubernamentales y académicas, muestran que durante los meses de enero y febrero de 2017 hubo más de 2.000 víctimas de la violencia, dato que se toma como referencia en virtud de la inexistencia de información oficial accesible;

 

CONSIDERANDO

Que la criminalidad y los altos índices de impunidad en Venezuela son alarmantes y tienen una tendencia persistente a incrementarse, lo cual se produce en un contexto de profundización de la crisis social y económica, pérdida de valores y generalización de la cultura de la muerte, pobreza extrema y desempleo, aunado a la ausencia de políticas públicas efectivas en materia de prevención del delito, control de la criminalidad, y eficacia del sistema de justicia;

CONSIDERANDO

Que la Asamblea Nacional, comprometida con la reivindicación del derecho a la vida y con la protección de la integridad física de las personas, asume su deber constitucional de adoptar medidas legislativas dirigidas a lograr la seguridad ciudadana dentro del más estricto respeto a los derechos humanos, así como a garantizar la reparación integral a las víctimas de delitos contra las personas y a sus familiares;

ACUERDA

PRIMERO: Repudiar la negligencia gubernamental y las erráticas políticas u operativos del Ejecutivo Nacional en materia de prevención y lucha contra la criminalidad.

SEGUNDO: Expresar la solidaridad de este cuerpo parlamentario con las víctimas de la delincuencia y sus familiares.

TERCERO: Fijar la discusión del Proyecto de Ley Especial de Indemnización a las Víctimas mortales del Hampa y la Delincuencia, iniciativa legislativa presentada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204, numeral 3, de la Constitución, cuyo objeto es desarrollar los mecanismos para hacer efectivo el derecho de las víctimas de delitos contra las personas y sus familiares a obtener una indemnización integral por los daños sufridos.

CUARTO: Exigir al Ejecutivo Nacional el desarrollo de políticas públicas efectivas de prevención y control de la delincuencia, asumiendo la superación del grave problema de la inseguridad como una prioridad de Estado.

QUINTO: Exhortar a los órganos de investigación penal y criminalística y al Poder Judicial a ejercer sus atribuciones con estricto apego a la legalidad y de manera eficiente, para luchar contra la impunidad.

SEXTO: Enviar el presente Acuerdo al Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de la Organización de Naciones Unidas, al Secretario General de la Organización de Estados Americanos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

SÉPTIMO: Dar publicidad al presente Acuerdo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los ocho días del mes de marzo de dos mil diecisiete. Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.

 

 

 

JULIO ANDRÉS BORGES JUNYENT

Presidente de la Asamblea Nacional

 

 

 

FREDDY GUEVARA CORTÉZ

Primer Vicepresidente

 

 

 

DENNIS FERNÁNDEZ SOLORZANO Segunda Vicepresidenta

 

 

 

JOSÉ IGNACIO GUÉDEZ

Secretario

 

 

 

JOSÉ LUIS CARTAYA

Subsecretario

 

JLC/EM/MJAM

 

 

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