Argentina | Senado aprobó Ley que protege la primera infancia - 800Noticias
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EFE

La Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, más conocida como «plan de los 1.000 días», fue aprobada este miércoles junto a la del aborto y contempla medidas para proteger a la madre y su hijo durante la gestación y los tres primeros años de vida.

Esta medida busca «bajar la mortalidad, malnutrición y desnutrición, además de prevenir la violencia protegiendo los vínculos tempranos, el desarrollo emocional y físico y la salud de manera integral», según el presidente Alberto Fernández, quien el pasado 17 de noviembre anunció que enviaba este proyecto, junto al del aborto legal, al Congreso para su tratamiento.

Las dos medidas pasaron los trámites correspondientes en el aparato legislativo, primero en la Cámara de Diputados y posteriormente en el Senado, que con su aprobación los convirtió en ley bajo la atenta mirada de un país muy polarizado en torno al aborto, y hace efectivas una serie de prácticas pensadas para apoyar a las personas gestantes que decidan no interrumpir su embarazo.

ASIGNACIÓN POR CUIDADO DE SALUD INTEGRAL

El «plan de los 1.000 días» otorga una «asignación por cuidado de salud integral», que consta de un pago anual a las madres por cada hijo de hasta 3 años, «siempre que acrediten el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario».

El monto de esta asignación varía en función de la renta familiar y la zona en la que vivan, y en la categoría general, que abarca a la mayoría del país, establece un monto máximo de 3.540 pesos (unos 40 dólares según el tipo de cambio oficial) para grupos familiares cuyos ingresos mensuales no superen los 54.865 pesos (unos 622 dólares).

La asignación por embarazo, que hasta la fecha se componía de 6 mensualidades, pasará a cubrir los 9 meses del embarazo, con una asignación a partir de la decimosegunda semana de gestación.

También se amplía la cantidad de personas que pueden acceder al «pago por nacimiento y adopción», del que ahora podrán gozar las beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo, «que hasta ahora estaban excluidas de este beneficio», según palabras del presidente.

DERECHO A LA IDENTIDAD

La ley establece la creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos, «a fin de garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos», según el texto aprobado por el Congreso.

«El DNI es una herramienta esencial para el ejercicio efectivo de derechos», agregó Alberto Fernández.

El personal de salud que atienda un parto ocurrido fuera de establecimientos médicos de gestión pública o privada deberá informar del nacimiento al Registro Nacional de las Personas dentro de los primero siete días desde el suceso.

DERECHO A LA SALUD INTEGRAL

El Estado deberá garantizar la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales como medicamentos esenciales, vacunas, leche y alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez.

También se implementarán «estrategias específicas para la salud perinatal y primeros años de vida», que incluye la realización de controles e intervenciones para la prevención, el diagnóstico y tratamiento de eventuales complicaciones y medidas «de prevención de lesiones no intencionales durante los primeros años».

DERECHO A LA PROTECCIÓN EN SITUACIONES ESPECÍFICAS DE VULNERABILIDAD

El sistema de salud deberá garantizar un «modelo de atención por riesgo priorizando» para los menores de tres años con necesidades especiales, como «cardiopatías congénitas, otras malformaciones o enfermedades congénitas, genéticas o metabólicas que impliquen un alto riesgo o impacto en la salud y calidad de vida».

También se brindará asistencia prioritaria a personas con embarazo de alto riesgo, y se ofrecerán estudios y tratamiento gratuitos a quien tenga riesgo de trombofilia, que se determinará por antecedentes de «abortos recurrentes, muerte fetal, retardo de crecimiento intrauterino, prematurez, eclampsia o desprendimiento de placenta».

La ley da protección a las víctimas de violencia por razones de género, y establece que «las niñas, adolescentes, mujeres y otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género que manifestasen su voluntad de ser atendidas por los servicios de salud mental, deberán recibir atención de inmediato».

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