Aprobada Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Defensa Pública
Redacción.- El Parlamento venezolano sesiona este 22 de diciembre para avanzar en la discusión de instrumentos legales en materia agraria y jurídica, así como en la designación de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
A las 6:00 de la tarde aproximadamente, comenzaron la discusión de la reforma de la Ley Orgánica de la Defensa Pública la cual fue sancionada por el parlamento venezolano.
Posteriormente se procedió a la segunda discusión de la Ley de Semillas y del proyecto de ley para la reforma del Código de Procesamiento Civil.
Mientras que a las 8:00 de la noche se convoca a otra plenaria para discutir la designación de los magistrados.
El secretario de la Asamblea Nacional, Fidel Vásquez, informó luego de la sesión del pasado martes, que en caso de no haber la mayoría correspondiente, quedarán convocadas dos sesiones adicionales para la designación de los magistrados, que se realizarán el miércoles 23 de diciembre, a las nueve de la mañana y a la una de la tarde, respectivamente.
La reforma
El artículo 1 modificó el artículo 11 referido a la designación y período en ejercicio del siguiente modo: La ley establece que el Defensor Público General o Defensora Pública General será designado o designada por la mayoría absoluta de los y las integrantes de la Asamblea Nacional y ejercerá sus funciones por un período de siete años. El Despacho del Defensor Público General o Defensora Pública General tendrá su sede en el Distrito Capital.
De igual modo, el artículo 2, que pasó a ser el artículo 15 de la ley referido a la remoción del cargo del Defensor o Defensora, establece: El Defensor Público General o Defensora Pública General podrá ser removido o removida de su cargo cuando incurra en alguna de las causales previstas en esta Ley, por mayoría absoluta de los y las integrantes de la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
La exposición de motivos indica que se consideró pertinente incluir en el procedimiento de remoción del Defensor Público General o de la Defensora Pública General, al Máximo Tribunal de la República, como garante del desempeño de la primera autoridad de la Defensoría Pública.
Causales de remoción
El artículo 16 contempla que el Defensor Público General o Defensora Pública General será removido o removida de su cargo cuando incurra en alguna o algunas de las siguientes causales: Cuando desempeñe sus funciones con grave e inexcusable ignorancia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de la Ley y del derecho.
De igual modo, cuando incurra, en el ejercicio de sus funciones, en violación, amenaza o menoscabo de los principios fundamentales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana deVenezuela.
También por manifiesta incapacidad física o mental permanente certificada por una Junta Médica que haya sido designada por el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la Asamblea Nacional.
Por abandono injustificado, prolongado por más de treinta días del ejercicio de sus funciones, así como por incurrir en abuso de poder o exceso de autoridad y cuando en el ejercicio de susfunciones haga constar hechos que no sucedieron u omita hechos que si ocurrieron.
Finalmente la diputada Tania Díaz dio por aprobada la reforma parcial de la Ley Orgánica de la Defensa Pública, dando paso a la discusión del Proyecto de Ley de Semillas.
La sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional (AN) pautada para este 22 de diciembre también el fin de designar los nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Se espera que a las 8 de la noche, aborden la designación de los magistrados del TSJ
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