Alcaldes opositores rechazan «persecución» del TSJ - 800Noticias
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EFE

Una asociación que agrupa a los ediles de 80 municipios de Venezuela denunció hoy la «persecución, destitución y encarcelamiento» de alcaldes opositores por parte del Tribunal Supremo (TSJ), señalado de servir al Gobierno.

«La persecución, destitución y encarcelamiento de alcaldes con pensamiento distinto al Gobierno nacional se ha convertido en práctica constante por parte del TSJ», indica un comunicado de la Asociación de Alcaldes por Venezuela, en el que se rechaza la destitución y orden de apresamiento dictada el martes por esa corte contra otro edil opositor.

Se trata de Gustavo Marcano, alcalde del municipio Diego Bautista Urbaneja, en el estado Anzoátegui (este).

El Tribunal Supremo ordenó 15 meses de prisión para Marcano por no presentarse a la audiencia a la que se le había convocado ya que no reconoce a ese tribunal que le juzga por permitir protestas antigubernamentales en su juridsdicción.

«La pretensión del TSJ de colocar a los alcaldes en la posición de impedir el Derecho a la Protesta es inconstitucional y pretender que no se le permita a los ciudadanos manifestar su descontento excede las competencias legales y constitucionales de los alcaldes», afirma la asociación en su comunicado.

El texto cita los casos de otros ocho burgomaestres contra los que el TSJ ha abierto procedimientos por las mismas razones, entre los que se cuenta al alcalde de metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, en arresto domiciliario acusado de delitos de «conspiración».

Y recuerda el caso de los exalcaldes de San Cristóbal de Táchira (oeste) Daniel Ceballos y de San Diego Vicenzo Scarano, que están presos o pasaron por la cárcel y además fueron destituidos de sus cargos e inhabilitados políticamente.

«En un solo acto procesal se alega, prueba y sentencia a alcaldes, con el evidente precedente de terminar ordenando la destitución de los alcaldes y su encarcelamiento», continúa la asociación, que critica que los fallos dictados de esta forma no puedan ser «apelados o revisados por ninguna otra instancia».

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