Ley de Comparecencias multa con 200 UT y suspensión del cargo a Ministros que no asistieron a la AN - 800Noticias
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Odell López Escote.– La decisión del gabinete económico de no asistir a la Asamblea Nacional para rendir cuentas sobre las cifras macroeconómicas del país y aportar información al análisis Decreto de Emergencia Económica podría traer sanciones pecuniarias y hasta penales, según lo establece la Ley sobre el Régimen de Comparecencias de Funcionarios Públicos ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones. 
«Todo funcionario o funcionaria público o particular, que siendo citado para comparecer ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, no asista o se excuse sin motivo justificado, será sancionado por contumacia, con multa comprendida entre cien Unidades Tributarias (100 U.T.) y doscientas Unidades Tributarias (200 U.T.), o arresto proporcional, por multa no satisfecha, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria. La sentencia se publicará, a costa del sentenciado, en un diario de los de mayor circulación nacional», sostiene el artículo.
Pero la Ley no se queda allí, pues quien incurra en esta falta también podría ser suspendido de su cargo sin goce de sueldo por dos o tres meses, establece el artículo 22
«A los funcionarios o funcionarias públicos de carrera que incurran en la falta prevista en el Artículo anterior, además de la sanción establecida en ese Artículo, se les impondrá como pena accesoria la suspensión del empleo o cargo por un tiempo de dos (2) a tres (3) meses, sin goce de sueldo».
 
El parágrafo único establece también el voto de censura de la Asamblea Nacional lo que podría significar la remoción del funcionario 
 
«Cuando se trate de funcionarios o funcionarias de libre nombramiento y remoción, la Asamblea Nacional le impondrá un voto de censura, con la obligación de proceder a la remoción inmediata del funcionario o funcionaria público por su órgano jerárquico»
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