TSJ no puede hacer análisis políticos sobre la Emergencia Económica - 800Noticias
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Odell López Escote.- El abogado constitucionalista, Pedro Alfonso del Pino, aclaró que si la Asamblea Nacional rechaza el Decreto de Emergencia Económica, solicitado por el presidente Nicolás Maduro a través de la bancada del Psuv, el Tribunal Supremo de Justicia no puede revertir esta decisión porque estaría incurriendo en análisis políticos.

“El TSJ solo le corresponde hacer análisis de la pertinencia constitucional del decreto, sin embargo, jamás y nunca podría revertir esta medida”, dijo el jurista especializado en conversación con 800 Noticias.

Del Pino explicó que el Parlamento lo que podría hacer sería modificar los términos establecidos en el decreto, “pero si la AN lo rechaza ahí muere, no hay medida que pueda revertirse”.

El Decreto de Emergencia Económica está regulado, además de por la Constitución, por la Ley Orgánica de Estados de Excepción. El artículo 34 de este instrumento legal establece que si el Parlamento llegase a rechazar esta solicitud, el Poder Judicial debe abstenerse de emitir opinión en torno a su constitucionalidad

“La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia omitirá todo pronunciamiento, si la Asamblea Nacional o la Comisión Delegada desaprobare el decreto de estado de excepción o denegare su prórroga, declarando extinguida la instancia”, dice el artículo.

Sin embargo, el artículo 36 de la misma Ley establece que las partes interesadas, en este caso el Poder Ejecutivo o la bancada parlamentaria del Psuv podrían presentar alegatos ante el TSJ para demostrar la constitucionalidad del Decreto de Emergencia Económica.

Aunque el Poder Judicial puede pronunciarse contrario a lo que haya dictaminado la AN, jamás podría contradecir el fallo, porque la aprobación de un estado de excepción debe tener la venia política, que la emite el Parlamento, y la constitucional que la emite el TSJ.  Si no tiene las dos aprobaciones, el Decreto de Emergencia Económica no aplicará, explicó el jurista.

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