TSJ confirma constitucionalidad de estado de excepción en los tres municipios del Zulia - 800Noticias
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AVN.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del estado de excepción decretado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, en los municipios Indígena Guajira, Mara y Almirante Padilla del estado Zulia, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.742 del 7 de septiembre de 2015, conforme al artículo 339 de la Carta Magna.

En la sentencia N° 1.176, publicada este martes, se indica que el propósito del decreto presidencial número 1.989 es impedir la extensión o prolongación de la situación coyuntural, sistemática y sobrevenida, del contrabando de extracción organizado a diversas escalas, refiere una nota de prensa del TSJ.

Asimismo, señala que otros de sus objetivos es evitar que la violencia delictiva y los delitos conexos al contrabando de extracción que trasgreden el orden público, la seguridad y defensa, así como la soberanía alimentaria y económica de la zona fronteriza, y del resto de la Nación, con la diferencia de que en esta ocasión el Ejecutivo Nacional consideró necesario extenderlo a los mencionados municipios del estado Zulia.

Las autoridades venezolanas han determinado que operan mafias paramilitares importadas de Colombia y grupos vinculados al contrabando de extracción de gasolina, alimentos y medicinas hacia el vecino país.

Ante estas acciones delictivas, el Presidente Maduro decretó igualmente, el 21 de agosto, estado de excepción en los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo, y Rafael Urdaneta del estado Táchira, y posteriormente, el 28 de agosto, se extendió a los municipios tachireses Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho.

 

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