Defensa de Ledezma apelará el martes los cargos formulados - 800Noticias
800Noticias
Nacionales

El equipo abogados defensores del alcalde Metropolitano, Antonio Ledezma, prepara los fundamentos para la apelación que prevén presentar el martes próximo, contra los cargos de conspiración y asociación para delinquir, acordados por el juez 6 de Control, Miguel Graterol, contra el mandatario del Área Metropolitana de Caracas.

La noche de este viernes 20, durante la audiencia de presentación, los fiscales del Ministerio Público imputaron a Ledezma por supuestos hechos de conspiración, que fueron acogidos por el juez quien dictó la medida privativa de libertad contra el Alcalde.

El abogado Omar Estacio, quien está al frente del equipo defensor, afirmó que apenas en la tarde del viernes pudo conocer que Ledezma era investigado desde marzo pasado y fue vinculado al proceso penal que se le sigue a los jóvenes Lorent Saleh y Gabriel Valle, abierto en un tribunal de Carabobo.

El expediente de Ledezma fue acumulado a ese caso que está «en fase de investigación», y le fue abierto un cuaderno por separado, explicó Estacio, quien se abstuvo de adelantar mayores detalles sobre la estrategia que seguirán para defender al Alcalde, pero observó que el juez Graterol fue amable y permitió que la esposa de Ledezma, Mitzy Capriles, lograra ingresar finalmente a la sede del tribunal, en el Palacio de Justicia de Caracas, el viernes en la tarde.

Mientras Antonio Ledezma permanece en la cárcel de Ramo Verde en Los Teques, que el juez fijó como su sitio de reclusión, tras una detención considerada desproporcionada e ilegal, por el despliegue y la falta de información sobre la causa iniciada, el abogado Estacio sostiene que los cargos de «conspiración» y de «asociación para delinquir» no están ajustados a derecho, por lo cual aspira a su liberación.  Sobre la cual se pronunció ayer el Colegio de Abogados, en un comunicado, en el cual se «condena la utilización de la justicia como instrumento para la criminalización de la disidencia».

Ante este panorama, dos abogados, Alberto Arteaga, penalista; y Jesús Silva, constitucionalista, analizan desde su óptica jurídica la imputación de esos cargos.

Arteaga: Delitos sin base legal

Para el abogado penalista Alberto Arteaga, los cargos formulados a Ledezma «carecen de fundamento». Sustenta su percepción jurídica:

«En primer lugar, cuando se habla de conspiración se habla de destruir la forma política republicana (artículo 132 del Código Penal). Se dice ‘destruir’, es decir se trata -más allá de proponer un cambio de los poderes públicos- de una acción que busca eliminar las bases de la institucionalidad republicana para sustituirlas por otras distintas. Pero hablar simplemente de reorganizar los poderes, de reconstruir el sistema democrático, son planteamientos legítimos dentro del debate político de un Estado democrático».

Arteaga citó el ejemplo de la propuesta del expresidente Carlos Andrés Pérez, quien durante su segundo mandato, al principio de la década de los años 90, planteó la reorganización del sistema democrático, junto con el grupo de «los Notables», el cual supuso cambios en la organización de los poderes.

«Es un disparate pensar que dentro de un sistema democrático no haya libertad para hacer planteamientos públicos de ese tipo; eso no significa desconocer la Constitución», afirmó el jurista, quien refirió un planteamiento similar formulado por el fallecido presidente Hugo Chávez Frías, a través de su propuesta Reforma constitucional, en 2007 y que fue asunto de una sentencia de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se desestimó una denuncia contra el mandatario por»conspiración» contra la República.

«Para reafirmar que un planteamiento público y legítmo sobre cambios no es una conspiración», precisa. «Ese delito se refiere a actos secretos, reservados, subrepticios, un acopio de armas, para socavar la constitucionalidad». Recuerda que «todos somos iguales ante la ley», dicta la Carta Magna,

Considera muy grave el segundo cargo, asociación para delinquir, tipificado en el art¿iculo 37 de la Ley Orgánica de Delincuencia Organizada. «Se está convirtiendo en una fórmula a la cual se recurre reiteradamente contra personajes públicos (López, Rivero). «Este delito requiere formar parte de un grupo del crimen organizado, como el tráfico de armas, de órganos, de drogas, trata de blancas..Es aplicable a una persona que es pública, de reputación democrática, electa popularmente?.OLP

Silva: No son descabellados

El abogado constitucionalista, Jesús Silva, de entrada, hace un llamado «a que se respeten los derechos humanos de Antonio Ledezma» y el debido proceso, consagrado en el 49 constitucional, «más allá de batallas políticas», advierte. Desde su punto de vista, los delitos imputados al Alcalde «no son descabellados». «Existe la apariencia de que los servicios de inteligencia del Estado y la Fiscalía han recopilado indicios que lo vinculan con estos delitos, lo cual no luce descabellado por su actuación como promotor de las guarimbas conocidas como «La Salida» y comunicados en prensa donde llama a sustituir el gobierno fuera del marco constitucional».

Se remite al artículo 132 del Código Penal para explicar los supuestos de la «conspiración». «Nótese qué dice el artículo 132 del Código Penal: ‘Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana (…)’ De seguidas dice el mismo artículo: ‘el llamado a poderes extranjeros a intervenir en asuntos de Venezuela’. Ledezma se valió de su cargo público, su partido y su presencia en los medios para convocar las movilizaciones violentas de 2014, con el fin de instalar un caos nacional que forzara a Maduro a dejar Miraflores. Ledezma procuró apoyo internacional con viajes, reuniones y lobby exhaustivo para fortalecer las guarimbas y derrocar al gobierno. Si Rómulo Betancourt hubiera sido el Presidente atacado, le habría ordenado a policías y militares aplicar su doctrina criminal contra los guarimberos: ‘Disparen primero y averigüen después’.

Para Silva existen diferencias entre el planteamiento público de un cambio institucional y el de otro constitucional, como el planteado por el presidente Chávez Frías en 2007:»Chávez propuso un cambio por vía de un referéndum constitucional donde el pueblo lo apoyó a través del voto. Lo que Ledezma propone como estrategia no está claramente enmarcado en un contexto electoral y pudiera violar la Constitución», dice.

Cree que la aplicación del artículo 37 de la LODO está justificado. «Primero se deben precisar los hechos y pruebas (…). Luego la adecuación de los hechos a la norma penal permitirá verificar el delito. Pudiera haber un concurso real de delitos, es decir un elenco de crímenes cometidos por un mismo autor». 

 

Información El Universal

Síguenos por @800noticias