Ministro Merentes expondrá en la AN alcances de Ley de Presupuesto para ejercicio fiscal 2014 - 800Noticias
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Caracas – Cumpliendo con el mandato de las leyes y de la Constitución de la República, este martes el ministro del Poder Popular para la Planificación y las Finanzas, Nelson Merentes, expondrá ante la Plenaria de la Asamblea Nacional los alcances de la propuestas de Ley Especial de Endeudamiento Anual y de Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2014.

La información la suministró el presidente de la Comisión Permanente del Poder Popular y Medios de Comunicación, diputado Julio Rafael Chávez (PSUV-Lara), durante su participación en el programa Toda Venezuela, que transmite la televisora estatal VTV.

En opinión del parlamentario, ambos proyectos apuntalan al desarrollo social y económico del país. «El Gobierno busca promover para 2014 el crecimiento de la economía con mayor ímpetu. Aspiramos a un crecimiento mayor al obtenido en el último trimestre de este año, así como recuperar en buena parte las reservas internacionales y colocar controles más efectivos en la asignación de divisas, sólo así lograremos equilibrar las cuentas de la nación”.

Asimismo, Chávez refirió que el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2014 tendrá su acento en lo social y estará orientado a garantizar y preservar los programas sociales que impulsó el Comandante Supremo, Hugo Chávez Frías, y los continúa el presidente obrero de la República, Nicolás Maduro Moros.

Con la entrega y exposición de los proyectos de Ley de Especial de Endeudamiento Anual y la Ley de Presupuesto Nacional para el Ejercicio Fiscal 2014, el Gobierno Nacional cumple con el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

Este apartado establece: “El proyecto de ley de presupuesto será presentado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional antes del quince de octubre de cada año. Será acompañado de una exposición de motivos que, dentro del contexto de la ley del marco plurianual del presupuesto y en consideración del acuerdo de la Asamblea Nacional a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, exprese los objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones adicionales relativas a la metodología utilizada para las estimaciones de ingresos y fuentes financieras y para la determinación de las autorizaciones para gastos y aplicaciones financieras, así como las demás informaciones y elementos de juicio que estime oportuno”.

Fuente: VTV

 

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