Luis Rondón: «Las instituciones están obligadas a garantizar el sufragio universal, directo y secreto» - 800Noticias
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El Rector principal del Consejo Nacional Electoral, Luis Emilio Rondón, considera que la elección de nuestros próximos representantes ante el Parlamento Latinoamericano y el Parlamento del Mercosur debe garantizar la participación ciudadana y el voto universal, directo y secreto.

Entre los argumentos que plantea para tal consideración está que, a partir de la Constitución vigente, se inició un proceso evolutivo del derecho a la participación ciudadana y política orientada a otorgar un rol protagónico al ciudadano en la elección de sus representantes, siendo este un principio concebido como pilar fundamental de nuestra democracia.

«Tanto fue así, que la Asamblea Nacional Constituyente consideró en la motivación del estatuto electoral del Poder Público que los representantes de Venezuela en el parlamento Latinoamericano deben ser elegidos en forma democrática, de manera directa y transparente por el pueblo»

Rondón sostiene que el ejercicio del sufragio universal, directo y secreto por parte de los ciudadanos venezolanos, consagrado también en los tratados internacionales, está protegido por el principio de progresividad de los derechos, contemplado en el artículo 19  de la Carta Magna,  que consiste en la imposibilidad de renunciar a los derechos que han sido reconocidos.

Afirmó que debe dársele estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 191 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales que ordena que, cuando los acuerdos internacionales suscritos por Venezuela requieran un proceso electoral para elegir representantes a organismos deliberantes de competencia internacional, los mismos serán organizados, supervisados y dirigidos por el Consejo Nacional Electoral. El proceso se realizará en forma simultánea con la elección de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional bajo la modalidad lista. Para el rector Rondón cualquier cosa distinta restringe el ejercicio de los derechos políticos y en especial el poder del voto.

A juicio del rector es necesario recordar que el artículo 5 del estatuto del Parlamento Latinoamericano y el artículo 1 del protocolo constitutivo del Parlamento de Mercosur, ordenan que sus miembros deberán ser elegidos mediante el voto universal, directo y secreto.

«Retroceder a formas de selección en segundo grado también es contrario a la doctrina ampliamente defendida por quienes impulsaron el cambio constitucional en el sentido de ampliar la participación del pueblo a todos los niveles de decisión y en particular, a la condición pionera de Venezuela en la elección directa de representantes ante los organismos deliberantes de carácter internacional, como lo prevén los tratados constitutivos suscritos por nuestro país», acotó Luis Rondón.

Reitera el Rector que el electorado venezolano ha ejercido sus derechos de democracia participativa por lo que a las instituciones les toca garantizar el sufragio universal, directo y secreto.

«Como ciudadano y fiel creyente y defensor de los valores y principios democráticos ratificó que el poder del voto no puede ser debilitado» indicó Luis Rondón..

800Noticias / Odell López

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