Diputados de Amazonas elegidos el 6-D no podrán juramentarse - 800Noticias
800Noticias
Nacionales Caracas

Redacción. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió los 7 Recursos Contenciosos de  impugnación solicitada por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), contra 10 diputados a la Asamblea Nacional electos el pasado 6 de diciembre.

El máximo juzgado del país solo admitió la medida cautelar en el estado Amazonas, lo cual suspende automáticamente los actos de juramentación de los diputados electos en voto lista, nominal y representación indígena.

Varios candidatos a diputados por el partido de gobierno solicitaron la impugnación de 7 circuitos en los estados Aragua, Amazonas y Yaracuy, así como en la región sur. 9 diputados de la MUD están en riesgo, e incluso 1 del Psuv para un total de 10 curules en juego.

 

Aquí la sentencias 254 y 255 

N° SENTENCIA: 255

N° EXPEDIENTE: 2015-000141

Procedimiento: Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
Partes: NESTOR FRANCISCO LEON HEREDIA, titular de la cédula de identidad N° 3.515.739, asistido por el Abogado Rafael Puertas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.393, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las «ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 02, DEL ESTADO YARACUY…».
Decisión: La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por el ciudadano NESTOR FRANCISCO LEÓN HEREDIA, titular de las cédula de identidad número V-7.581.953, asistido por el abogado en ejercicio, RAFAEL PUERTAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 49.393, alegando su condición “CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015)” contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 2, DEL ESTADO YARACUY”. (Destacado del original), 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto y 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada.
Ponente: Jhannett María Madríz Sotillo

N° SENTENCIA: 256

N° EXPEDIENTE: 2015-000142

Procedimiento: Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
Partes: ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 12.582.928, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las «ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR…».
Decisión: La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por los ciudadanos ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, asistido por la abogada Hilaria Márquez Betancourt, identificados, en su alegada condición de “(…) CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) (…)” contra “(…) LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR (…)”, 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto y 3. IMPROCEDENTE la solicitud cautelar de suspensión de efectos.
Ponente: Indira Maira Alfonzo Izaguirre

N° SENTENCIA: 257

N° EXPEDIENTE: 2015-000143

Procedimiento: Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
Partes: SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 11.182.340 y 17.698.228, respectivamente, actuando en su condición de candidatos a diputados a la Asamblea Nacional, en las pasadas elecciones del 06 de diciembre, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra «LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2), DEL ESTADO ARAGUA…».
Decisión: La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos los ciudadanos SUMIRÉ SAKURA DEL CARMEN FERRARA MOLINA y PEDRO LUIS BLANCO GUTIÉRREZ, antes identificados, actuando con el carácter de “…CANDIDATOS A DIPUTADOS A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según resolución emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Aragua bajo el número AN-15-04-00-02-1-00269-0001249, de fecha 4 de agosto de 2015…”, asistidos por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, contra “…LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (02), DEL ESTADO ARAGUA…”, 2.- ADMITE el presente recurso, 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada y 4.- Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que continúe la tramitación correspondiente.
Ponente:

N° SENTENCIA: 258

N° EXPEDIENTE: 2015-000144

Procedimiento: Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
Partes: ROSA DEL VALLE LEÓN BRAVO, titular de la cédula de identidad N° 12.480.741, actuando en su condición de candidata a diputada a la Asamblea Nacional en las pasadas elecciones celebradas el 06 de diciembre de 2015, asistida por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra «LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA…».
Decisión: La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la ciudadana Rosa del Valle León Brabo, titular de la cédula de identidad número 12.480.741, asistida por el abogado Pablo Enrique Paradas Álvarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 134.720, en condición de “… CANDIDATA A DIPUTADA A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015)…” contra “…LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3), DEL ESTADO ARAGUA…”, 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto y 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada.
Ponente: Jhannett María Madríz Sotillo

N° SENTENCIA: 259

N° EXPEDIENTE: 2015-000145

Procedimiento: Recurso Contencioso Electoral con medida cautelar
Partes: ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.659.695 y 6.289.959, respectivamente, asistido por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.720, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO ARAGUA.
Decisión: La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por los ciudadanos ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, asistido por la abogada Hilaria Márquez Betancourt, identificados, en su alegada condición de “(…) CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) (…)” contra “(…) LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR (…)” (destacado del original), 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto y 3. IMPROCEDENTE la solicitud cautelar de suspensión de efectos.
Ponente: Indira Maira Alfonzo Izaguirre

N° SENTENCIA: 260

N° EXPEDIENTE: 2015-000146

Procedimiento: Recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar
Partes: NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de las elecciones parlamentarias del pasado 06 de diciembre de 2015 del estado Amazonas.
Decisión: La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente solicitud cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la ciudadana NICIA MARINA MALDONADO MALDONADO, asistida por las abogadas Ligia Gorriño y Mitzi Tuárez, identificadas, en su alegada condición de “(…) candidata a Diputada de la Asamblea Nacional por el Estado Amazonas (…)”, contra “(…) el acto de votación de las Elecciones Parlamentarias celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, en el circuito electoral del Estado Amazonas, para el período constitucional 2016-2021, efectuadas por el Consejo Nacional Electoral (…)” (sic), 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto, 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, ORDENA de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena en el proceso electoral realizado el 6 de diciembre de 2015 en el estado Amazonas para elección de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional y 4. INOFICIOSO el pronunciamiento respecto de la solicitud cautelar de suspensión de efectos.
Ponente: Indira Maira Alfonzo Izaguirre
Portal web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia G20000030-9. Contáctenos
Síguenos por @800noticias